Medidas cautelares en planes de ahorro por compra de automotores

El abogado de Caleta Olivia, Ismael Machuca, representante de numerosos vecinos residentes en la zona norte Santa Cruz y sur de Chubut que meses atrás presentaron recursos de amparo por el excesivo incremento en las cuotas de círculos de ahorro para compra de automóviles, comunicó que desde estrados judiciales se emitieron medidas cautelares a favor de los demandantes.

COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Al respecto precisó que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de Comodoro Rivadavia, a cargo de la dra. Natalia Venter, falló en ese sentido en las causas que favorecen a grupos de ahorristas que se encabezan con los nombres de Victoria Etelvina Fernández, Ricardo Fuentealba Almonacid, Noelia Soledad Gómez y Laura Virginia Mansutti (Expedientes 102,103,104 y105/2020).

En la práctica, la jueza dispuso que los mismos «abonen en lo sucesivo el valor de las cuotas correspondientes a los planes a los valores facturados por cada una de las administradoras al mes de abril de 2018, ello hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las actuaciones principales».

Vale señalar que la medida fue dirigida contra Toyota Plan Argentina SA, Volkwagen SA, Círculo de Inversores SAU (Citröen y Peugeot) y Chevrolet SA, en todos los casos sociedades de ahorro para fines determinados.

Machuca requirió la cautelar junto otros profesionales de su estudio jurídico, su hija Abi Machuca y Mariano Díaz invocando que los integrantes de planes de ahorros de automóviles «han venido sufriendo un aumento sucesivo y significativo de las cuotas mensuales que abonaban desde el mes de abril de 2018».

Por tal motivo sostuvo que «ante la situación de inestabilidad económica que pone en crisis el valor de la moneda frente al fuerte proceso inflacionario que sufre el país, con aumentos que han superado un 200% en muchos casos, resultaba necesario el planteo de una medida cautelar y un juicio al respecto».

Machuca recordó además que «en épocas anteriores el Estado ha atendido estas situaciones, por lo cual los actores en su calidad de consumidores, se encuentran protegidos constitucionalmente no sólo por la Ley de Defensa del Consumidor sino también por la misma Constitución Nacional como surge del artículo 42 de la misma».

Finalmente hizo saber que una cautelar similar fue dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1 de Comodoro Rivadavia, con relación a Fiat, Ford y Renault.

 

Fuente: ADNSur